⚠️ Caveat detectado en carteras Renta 2025: el Modelo 198 que TR envía a la AEAT (lo que pre-carga el borrador) puede no coincidir con el CSV de Transaction Export del cliente, y en sentidos opuestos según el producto. En dividendos suele faltar buena parte del tramo pre-migración; en intereses de la cuenta remunerada el patrón puede ser justo el contrario (se reporta el tramo pre-migración con retención retroactiva y se omite el tramo post-migración que sí tiene retención real en CSV). Además se ha observado que TR puede clasificar como interés en el Modelo 198 alguna distribución de un fondo de bonos (ISIN Treasury Bond) que también aparece en el bloque de dividendos del mismo borrador — duplicación a vigilar. El borrador AEAT por sí solo NO es prueba suficiente de lo declarable.
Otros hallazgos sobre el flujo TR: el primer pago con retención del 19 % no llega en la fecha BOE de marzo, sino en julio (intereses) y agosto (dividendos); el Informe Fiscal Anual en PDF que TR genera puede presentar los dividendos ya netos (sin desglosar bruto y retención), por lo que comparar contra el borrador sin la fuente CSV induce a errores; en los asientos etiquetados "Tax Optimisation" hay que mirar el signo: los positivos son devoluciones del régimen alemán (Steueroptimierung) que no se declaran, pero un importe negativo que coincide con el 19 % de un dividendo cobrado en bruto es retención española retroactiva y sí se declara (ver corrección más abajo).
🚨 Crítico para dividendos extranjeros (USA, FR, UK, DE…): en cuentas TR post-migración, el campo
tax del Transaction Export es la suma de retención origen + retención IRPF español, no solo la española. Para un dividendo USA de Johnson & Johnson de 11,40 € hemos observado tax 3,55 € (≈ 31 %): 15 % USA + 19 % sobre el neto. Si declaras todo ese tax como retención nacional (casilla 0591), pierdes la deducción CDI (casilla 0588) sobre la parte de origen y pagas de más. Para una cartera con dividendos USA habituales esto puede ser cientos de euros al año. Hay que partir el tax usando el CDI bilateral del país emisor como techo del origen. Para fondos UCITS irlandeses (asset_class=FUND) la excepción es la inversa: el origen efectivo es 0 % (Section 739D TCA 1997 — Irlanda no retiene a no residentes) aunque el CDI bilateral diga 15 %, así que todo el tax es retención ES.
Nota: esta guía describe el régimen fiscal aplicable y patrones observados en cuentas reales durante la campaña Renta 2025. El comportamiento operativo concreto de Trade Republic puede variar entre clientes y está en proceso de consolidación. Contrasta siempre con tu documentación TR real antes de declarar.
De broker alemán a broker con sucursal española
Hasta marzo de 2025 Trade Republic operaba en España como entidad alemana (Trade Republic Bank GmbH) en libre prestación de servicios. Eso tenía dos consecuencias fiscales muy directas para sus clientes residentes en España:
- No practicaba retención de IRPF sobre dividendos, intereses ni cupones cobrados. El importe llegaba bruto a la cuenta (con la retención del país de origen del dividendo, eso sí — 15% USA, 26,375% Alemania (recuperable hasta el 15% del CDI), etc., pero sin el 19% español).
- No reportaba a la AEAT. Como entidad alemana sin sucursal española, no estaba sujeta a obligación informativa frente a Hacienda. El borrador de la Renta llegaba en blanco respecto a Trade Republic.
El 24 de marzo de 2025 el BOE publicó el alta de la sucursal española de Trade Republic Bank GmbH en el registro del Banco de España. A partir de ahí la compañía adquirió la condición de entidad financiera operando en territorio español, con todas las obligaciones que eso conlleva.
La migración técnica de los clientes ya existentes no fue inmediata. Trade Republic empezó a contactar a sus usuarios a partir de junio de 2025 proponiendo la migración de la cuenta a un IBAN español (ES…) en sustitución del IBAN alemán (DE…). El proceso se extendió durante el verano y otoño de 2025 y, en la práctica, dejó tres situaciones distintas conviviendo en la base de clientes durante el ejercicio fiscal 2025.
Las tres situaciones que conviven en la Renta 2025
| Situación | Cuenta durante 2025 | Retención IRPF | Reporte AEAT |
|---|---|---|---|
| A. No migrado | IBAN DE todo el año | No (broker extranjero) | No |
| B. Migrado intra-año | IBAN DE → IBAN ES (jun-dic 2025) | Sí, solo a partir de migración | Sí, solo periodo IBAN ES |
| C. Cliente nuevo post-migración | IBAN ES desde el alta | Sí, todo el periodo | Sí, todo el periodo |
Esto importa porque si caes en la situación B (lo más probable si llevabas usando Trade Republic antes de 2025), tu propia Renta 2025 contiene dos regímenes distintos conviviendo: un tramo "broker extranjero sin retención ni reporte" hasta el día de tu migración, y otro "broker con sucursal ES con retención y reporte" desde la migración hasta el 31 de diciembre.
Qué retiene exactamente Trade Republic España (y qué no)
Una vez tu cuenta tiene IBAN ES, Trade Republic actúa como pagador con obligación de retención. La retención del 19% se aplica sobre:
- Dividendos de acciones cotizadas pagados por el broker (después de la retención del país de origen).
- Intereses de la cuenta remunerada (los 2-3% TAE que paga Trade Republic).
- Cupones de bonos corporativos mantenidos a través del broker. Las Letras del Tesoro español tienen un régimen específico: son rendimiento implícito (Art. 25.2 LIRPF) sin retención en origen para residentes, casilla 0030. Si la tienes a través de TR España, conviene contrastar con el Informe Fiscal Anual cómo aparece reportada.
Importante: la retención no se aplica sobre las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de acciones o ETFs. Eso es coherente con el resto de brokers españoles (Renta 4, ING, IBKR retail España): la G/P por venta de instrumentos en bolsa no está sujeta a retención en origen del 19%. La liquidación va por la base del ahorro en la Renta anual, y se paga ahí.
Cronología real: cuándo empieza TR a retener (no es la fecha del BOE)
El BOE-A-2025-5909 fija el alta de la sucursal española el 24 de marzo de 2025, pero el inicio efectivo de la retención del 19 % no es simultáneo para todos los productos. En carteras revisadas durante esta campaña hemos observado:
- Intereses de la cuenta remunerada: el primer pago con retención del 19 % se observó en el extracto del 1 de julio de 2025 (intereses devengados en junio). Hasta esa fecha — incluyendo los pagos de enero a junio — los intereses llegaron brutos sin retención.
- Dividendos de fondos custodios: el primer pago con retención del 19 % se observó en el dividendo del 8 de agosto de 2025. Significativamente, hubo un dividendo intermedio el 9 de julio que aún se procesó a tipo 0 %, mientras que los intereses de esa misma semana ya iban al 19 %. La sucursal ES parece haber asumido primero la condición de retenedor sobre intereses bancarios y, aproximadamente un mes después, sobre dividendos de fondos.
Verifica la fecha de tu primer pago efectivo con retención contra lo que indica tu Informe Fiscal Anual TR: si tu cuenta migró antes de julio, pero el primer evento con retención del 19 % es agosto, es coherente con lo observado.
El campo tax del CSV es la SUMA de retenciones — el split decide la cuota
La observación más importante a la hora de declarar dividendos de Trade Republic, sobre todo si tienes acciones extranjeras (USA, Francia, Alemania, UK, Irlanda…). El campo tax que aparece en cada fila CASH/DIVIDEND del Transaction Export no es la retención IRPF española que TR practicó. Es la suma de las retenciones aplicadas: la del país emisor del dividendo + (en post-migración) la del 19 % español sobre el neto.
Antes y después de la migración el desglose cambia:
- Pre-migración (TR Bank GmbH custodio): TR solo retiene en origen — la WHT del país emisor (15 % USA con W-8BEN, ≈12,8 % Francia para no residentes, 0 % UK, 0 % UCITS Irlanda al amparo de la Section 739D TCA 1997…). TR no es retenedor IRPF español todavía, así que el campo
taxes solo retención fuente. - Post-migración (TR Sucursal ES retenedor): TR aplica primero la retención del país emisor sobre el bruto y, sobre el neto, el 19 % de IRPF español adicional (Art. 99 LIRPF). El campo
taxresultante es source + IRPF_ES sobre (bruto − source).
Para un dividendo de Johnson & Johnson de 11,40 € post-migración la aritmética es:
bruto = 11,40 €
retención USA (CDI 15 %) = 11,40 × 15 % = 1,71 €
retención IRPF ES (19 %) = (11,40 − 1,71) × 19 % = 1,84 €
tax reportado en el CSV = 1,71 + 1,84 = 3,55 € (≈ 31,1 % del bruto)
Lo verificas comparando contra el bruto: si el ratio |tax| / bruto es ~15 % es pre-migración (todo origen); si es ~31 % es post-migración (split origen+ES sobre USA); si es ~29 % es post-migración con FR; si es ~13 % es FR pre-migración solo origen; si es 0 % suele ser UK / UCITS irlandés (no retienen).
- Casilla 0588 — Deducción CDI internacional: la parte de retención origen es crédito contra cuota IRPF (Art. 80 LIRPF) — la recuperas íntegra hasta el tope del CDI bilateral.
- Casilla 0591 — Retenciones IRPF nacional: la parte de retención ES es pago a cuenta directo contra la cuota.
tax como retención nacional (que es lo que el borrador AEAT tiende a precargar vía Modelo 198 sin distinguir origen vs ES), pierdes la deducción CDI 0588 sobre la parte de origen. Para una cartera USA habitual en TR esto puede ser cientos de euros al año de impuesto pagado dos veces.
Cómo se calcula el split correcto:
tasa_CDI = DTA_SOURCE_MAX[país_emisor] # 0,15 para USA/DE (FR 0,128), 0,10 para MX/CN; UK origen 0 → todo el tax es retención ES
source_ret = MIN(|tax|, bruto × tasa_CDI)
es_ret = |tax| − source_ret
Hay una excepción importante. Para fondos UCITS irlandeses (ISIN IE… con asset_class=FUND en el CSV) la retención en origen real es 0 %, aunque el CDI bilateral España–Irlanda diga 15 %. La razón es la Section 739D del Taxes Consolidation Act 1997 irlandés: las distribuciones de UCITS a inversores no residentes no se retienen en origen. Para estos productos todo el tax reportado por TR es retención IRPF española (post-migración) — casilla 0591 íntegra, nada a 0588. Si aplicas la fórmula de arriba sin esta excepción, sobre-atribuyes 15 % del bruto a CDI 0588 y la AEAT te lo rechazará al cruzar con el Modelo 198 (que reporta 0 retención origen para UCITS).
El motor de Cuádrate aplica este split automáticamente (origen vs ES con techo CDI por país + excepción UCITS) leyendo el CSV de TR. La sección "Por broker" del informe muestra el desglose para que puedas auditar línea a línea contra tu borrador antes de presentar.
"Tax Optimisation" en el CSV: cuándo es devolución alemana y cuándo es retención española
TAX_OPTIMIZATION eran devoluciones del régimen alemán (Steueroptimierung) que no se declaran, y describía su importe como "ingreso a tu cuenta". No era exacto. Auditando una cartera real detectamos un asiento TAX_OPTIMIZATION de importe negativo (retención practicada, no abono) que era la retención española del 19 % aplicada con retraso sobre un dividendo cobrado en bruto, y que Trade Republic sí había reportado a la AEAT en el Modelo 198. Tratarlo como "ignorable" hacía perder ese crédito de retención. Corregimos el criterio a continuación.
En el CSV de Transaction Export pueden aparecer asientos con type = TAX_OPTIMIZATION. Hay que fijarse en el signo del campo tax, porque bajo la misma etiqueta conviven dos cosas distintas:
- Importe POSITIVO (abono a tu cuenta) → devolución del régimen alemán. Es la Steueroptimierung: TR Bank GmbH retiene cautelarmente el 26,375 % (Kapitalertragsteuer + Solidaritätszuschlag) y al cierre devuelve el exceso (por el Sparer-Pauschbetrag de 1.000 €/año o compensación de pérdidas). Para residentes en España no es renta ni impuesto deducible —la KESt liquidada cautelarmente por TR GmbH sobre rendimientos no alemanes no procede para no residentes en Alemania; los dividendos de fuente alemana sí sufren KESt del 26,375 %—; no va a ninguna casilla y solo afecta a tu saldo de caja.
- Importe NEGATIVO (retención practicada) ≈ 19 % de un dividendo cobrado antes en bruto → retención española retroactiva. Es el 19 % de IRPF que TR Sucursal ES aplica con semanas de retraso sobre el dividendo del mes de transición (cobrado inicialmente sin retención) y que reporta al Modelo 198 como la retención de ese dividendo. Sí se declara como retención (casilla 0591/0597, acreditable al 100 %). El tipo del 19 % —y no el 26,375 % alemán— es la señal que las distingue.
Caso real verificado: un dividendo de 205,09 € cobrado en bruto el 09/07/2025 generó un asiento TAX_OPTIMIZATION de −38,97 € el 05/08/2025 (= 205,09 × 19 %), que Trade Republic reportó al Modelo 198 como la retención de ese dividendo. No es una devolución: es retención española acreditable.
Regla práctica: positivo = devolución alemana (ignorar); negativo que cuadra con el 19 % de un dividendo previo = retención española (declarar). Conserva el CSV para justificar el origen del movimiento ante la AEAT.
Qué precarga el borrador de Hacienda en 2025
Si tu cuenta migró a IBAN ES dentro de 2025, el borrador de la Renta 2025 (campaña abril-junio 2026) traerá precargados:
- Dividendos cobrados a partir de tu fecha de migración, con su retención asociada — listos para la casilla 0029 con la retención correspondiente.
- Intereses de la cuenta remunerada a partir de la migración, también con retención.
- Es posible que aparezcan movimientos de venta de acciones / ETFs a título informativo en el bloque correspondiente (F2, F2 con subapartado 2224-2236 para ETFs UCITS). Estos pueden venir incompletos en valor de adquisición si los lotes de compra son anteriores a la migración — porque Trade Republic no tenía obligación de comunicar tu coste histórico a la AEAT.
Lo que NO va a aparecer en el borrador:
- Movimientos anteriores a tu migración a IBAN ES.
- Lotes de compra históricos para reconstruir FIFO de ventas de 2025 cuando los lotes son de 2024 o anteriores.
- Ganancias patrimoniales de venta del primer tramo del año (antes de migración).
Por eso, el borrador no es completo aunque te lo parezca. Hay que reconstruir el tramo anterior a la migración con la documentación que el propio Trade Republic ofrece. Para el periodo IBAN ES, el Informe Fiscal Anual oficial cubre los datos posteriores a la migración; para el periodo IBAN DE, según reportes recogidos por terceros (MiCartera) puede ser necesario descargar adicionalmente los extractos de cuenta de la sección de documentos fiscales. Conviene contrastar siempre con tu cuenta concreta antes de declarar.
Cómo reconstruir el tramo anterior a la migración
Tres pasos en orden:
- Identifica la fecha exacta de tu migración. Revisa los emails de Trade Republic del verano-otoño 2025 o consulta directamente en la app el primer extracto con IBAN ES. Esa fecha divide el ejercicio en dos.
- Descarga el Informe Fiscal Anual y los extractos de cuenta de 2025 desde la app o el portal web de Trade Republic. El Informe Fiscal Anual cubre el periodo posterior a tu migración (IBAN ES) con sus retenciones; para el periodo anterior (IBAN DE) puede que necesites complementar con los extractos de cuenta para reconstruir el detalle. Verifica la cobertura del informe antes de basar la declaración en él.
- Compara cifras certificado vs borrador:
- El segundo tramo (con retención) coincide con el borrador solo en valores de pagador español (acciones/ETF ES). En dividendos extranjeros (USA, Francia…) NO coincide: TR reporta al Modelo 198 el dividendo neto de la retención del país de origen (p. ej. Johnson & Johnson: declara 9,75 €, no el bruto 11,47 €) y solo el 19 % español. Tienes que subir el íntegro al bruto real (casilla 0029) y añadir tú la retención de origen en la casilla 0588 — no está en el borrador. Verifica importes a la décima.
- Lo del primer tramo (sin retención) hay que añadirlo manualmente en RentaWEB. No va a estar en el borrador.
El borrador AEAT puede no coincidir con el flujo real de tu cuenta TR
En carteras revisadas durante la campaña Renta 2025 se ha observado que el Modelo 198 que Trade Republic envía a la AEAT (el documento que pre-carga el borrador) puede diferir del CSV de Transaction Export del cliente en sentidos opuestos según el tipo de producto. No es un patrón uniforme: los huecos entre lo reportado y lo realmente cobrado existen en ambos bloques (dividendos e intereses) pero ocupan ventanas temporales distintas.
Patrón 1 — Dividendos: el borrador omite la mayor parte del tramo pre-migración
Los dividendos cobrados antes de la migración personal a IBAN ES pueden no aparecer en el borrador AEAT. La sucursal ES no era el retenedor durante ese tramo (lo era TR Bank GmbH desde Alemania, sin obligación informativa en España), así que esos pagos no llegan al Modelo 198. Aun así, son rendimientos del capital mobiliario sujetos a IRPF y el contribuyente tiene que declararlos (Art. 25.1.a LIRPF + Art. 105 LGT: la carga de la prueba de los ingresos propios recae sobre el contribuyente, no sobre el retenedor).
Con un matiz importante: en uno o dos pagos aislados del tramo pre-migración, TR puede aplicar retención del 19 % retroactivamente al cierre del ejercicio y reportarlo en el Modelo 198 como si hubiera retenido en origen. El criterio de selección de esos pagos no es evidente y conviene contrastar línea a línea los importes precargados en el borrador con los pagos del CSV.
Patrón 2 — Intereses cuenta remunerada: el borrador puede omitir el tramo post-migración
Aquí el patrón puede ser exactamente inverso. Para los intereses de la cuenta remunerada, el Modelo 198 puede incluir los pagos anteriores a la migración (con retención retroactiva del 19 % calculada al cierre del ejercicio) y, en cambio, omitir los pagos posteriores a la migración aunque éstos sí muestren la retención del 19 % en el campo tax del CSV del cliente.
Es decir, en los intereses puede faltar declarar precisamente el tramo post-migración, mientras que en los dividendos puede faltar declarar el tramo pre-migración. Los dos huecos son del mismo signo (rendimientos cobrados pero no reflejados en el borrador) pero ocupan ventanas temporales distintas. No te fíes de simetrías intuitivas: hay que cruzar pago a pago.
Patrón 3 — Distribuciones de fondos de bonos: posible duplicación entre dividendos e intereses
Las distribuciones de un ETF/fondo de Treasury Bond o similar (ISIN con prefijo IE0… típico de UCITS irlandeses de renta fija) pueden aparecer a la vez en dos bloques del borrador: dentro del bloque de dividendos (clave dineraria) y dentro del bloque de intereses como "Rendimientos explícitos de capital mobiliario". Conviene revisar si el mismo importe y la misma retención aparecen en ambas agrupaciones: si es así, hay que eliminarlo de una de las dos. Lo doctrinalmente correcto es mantenerlo en dividendos (casilla 0029): las distribuciones de un fondo/ETF UCITS son rendimientos por la participación en una IIC, aunque el subyacente sean bonos — el Art. 25.2 LIRPF aplica a los bonos tenidos en directo, no a las participaciones del fondo.
Patrón 4 — El Informe Fiscal Anual en PDF puede presentar los dividendos ya netos
Otra fuente frecuente de descuadre: el Informe Fiscal Anual que Trade Republic genera en formato PDF (descargable desde la app) presenta en algunos clientes los dividendos ya netos de retención, sin desglosar el bruto cobrado ni la retención asociada. Si vienes haciendo el cuadre comparando "lo que veo en el PDF de TR" contra "lo que pone el borrador", la cifra no va a coincidir: el borrador trae lo que TR reportó al Modelo 198 (en valores españoles es el bruto; en dividendos extranjeros es el neto de la retención de origen — ver Patrón 5), y el PDF puede traer el neto de todas las retenciones (lo que finalmente abonó a tu cuenta).
La fuente verídica para reconstruir bruto, retención y neto correctamente es el CSV de Transaction Export. En las filas type = DIVIDEND e type = INTEREST_PAYMENT el campo amount trae el bruto cobrado, el campo tax trae la retención practicada (con signo negativo cuando ha habido retención) y la fórmula es:
bruto = amount
retención = |tax|
neto = amount + tax (con signo, tax negativo reduce el neto)
Si tu cifra cuadra contra el PDF pero no contra el borrador (o viceversa), prácticamente seguro estás mezclando bruto y neto. El CSV resuelve la ambigüedad.
Patrón 5 — Dividendos extranjeros post-migración: el Modelo 198 reporta el neto de la retención de origen, no el bruto
Este es el patrón más fácil de pasar por alto y el que más dinero cuesta. Para un dividendo extranjero cobrado tras la migración, TR Sucursal ES aplica primero la retención del país de origen y, sobre el neto resultante, el 19 % español. Pero al Modelo 198 reporta como "dividendo" ese neto de origen — no el bruto real — junto con la retención española. La retención de origen no viaja al Modelo 198.
Caso real verificado en esta campaña (Johnson & Johnson, dos pagos post-migración):
Bruto real (CSV) : 11,40 € y 11,47 €
Retención USA 15% (origen) : 1,71 € y 1,72 €
Lo que TR reporta al M-198 : 9,69 € y 9,75 € ← neto de origen, NO el bruto
Retención española 19% : 1,84 € y 1,85 €
Resultado en el borrador: aparece un dividendo de 19,44 € (= 9,69 + 9,75) con retención 3,69 €. Si lo aceptas "a la décima", cometes dos errores a la vez: declaras un íntegro infravalorado (19,44 € en vez del bruto real 22,87 €) y te dejas sin deducir la retención de origen (7,02 € en total contando los cuatro pagos del año) que debería ir a la casilla 0588. Lo correcto: declarar el bruto real en la casilla 0029, la retención española en la 0591 y la retención de origen en la 0588 (recuperable hasta el tope del CDI — para USA el 15 % coincide con lo retenido, así que se recupera íntegra). El bruto y la retención de origen los sacas del campo amount y del split del campo tax del CSV (ver sección del split más arriba), nunca del borrador.
Cómo cerrar los huecos al declarar
El criterio fiscal de fondo es el mismo en los cuatro patrones: el contribuyente declara todos los dividendos e intereses cobrados durante el ejercicio, no solo los que aparecen en el borrador. Si TR no reportó un pago al Modelo 198, es obligación del titular añadirlo a la declaración con su importe bruto y la retención real soportada (cero si TR Bank GmbH no retuvo en su día, o el 19 % si TR sucursal ES retuvo aunque no lo informara). Y si TR clasifica un pago dos veces (dividendo + interés del mismo Treasury Bond), hay que dejarlo en una sola casilla.
Operativamente, sobre el borrador:
- Mantén las agrupaciones precargadas tal cual en sus casillas (0029 dividendos, 0027 intereses). Son cifras que la AEAT ya tiene cuadradas con TR como retenedor.
- Elimina la duplicación Treasury Bond si la detectas: revisa si el mismo ISIN de fondo de bonos aparece tanto en una entrada de "Dividendos y similares" como en una entrada de "Intereses de cuentas, depósitos y activos financieros". Si aparece en ambas, déjalo solo en dividendos (es lo doctrinalmente correcto: la distribución de una IIC es rendimiento por participación en fondos, aunque el subyacente sean bonos) y reduce el bloque de intereses en el importe correspondiente.
- Abre agrupaciones adicionales en las casillas 0029 (dividendos) y 0027 (intereses) con los pagos que TR no reportó. Calcula bruto y retención real desde el CSV de Transaction Export filtrando por fecha (anterior o posterior a tu migración personal, según el caso) y campo tax.
- No dupliques pagos: los que TR sí reportó en el Modelo 198 ya están en las agrupaciones precargadas; solo añade los que falten.
Casos típicos de error
Caso 1: Acepto el borrador tal cual
Si tu cuenta se migró en agosto de 2025, el borrador precarga los dividendos de septiembre a diciembre. Si aceptas el borrador "tal cual viene", no estás declarando los dividendos cobrados entre enero y julio. Eso es ocultación, aunque sea por inercia. La AEAT puede cruzar datos con tu banco (los dividendos pasaron por la cuenta remunerada de Trade Republic, que ya reporta saldo desde junio) y la regularización es probable.
Caso 2: Doble declaración del mismo dividendo
Más raro pero ocurre: el inversor descarga el certificado de Trade Republic y declara los dividendos completos en 0029. Pero olvida que el borrador ya precargó la mitad. Si se confirma sin contrastar, parte de los dividendos quedan declarados dos veces. La cuota líquida sale más alta de lo real.
Caso 3: FIFO mal calculado en ventas de ETFs
Si vendiste un ETF UCITS que tenías comprado en lotes de 2024 y 2025, el borrador puede traer la venta pero con valor de adquisición incompleto. Hay que recalcular FIFO manualmente con el extracto de transacciones completo (también disponible en el certificado fiscal de Trade Republic). Las casillas del bloque ETF en Renta 2025 son las 2224-2236, no las viejas 0326-0340.
Comparativa con DeGiro e Interactive Brokers
Trade Republic ha sido el primer broker neobanco europeo en abrir sucursal española de forma masiva. Conviene saber dónde están los otros:
- DeGiro: entidad neerlandesa (Flatex DeGiro Bank N.V.) operando en libre prestación. Sin sucursal española, sin retención, sin reporte a AEAT. Toda la declaración la reconstruyes tú con el Annual Report y el CSV de transacciones.
- Interactive Brokers: la cuenta retail europea típica está bajo IBKR Ireland. Sin sucursal española, sin retención IRPF, sin reporte AEAT. Misma situación que DeGiro.
- ING / Renta 4 / Bankinter: entidades españolas. Sí retienen y sí reportan completo. El borrador trae todo y normalmente cuadra.
- Trade Republic España: a partir de la migración de cada cliente, equivalente a un broker español respecto a retención y reporte. El comportamiento es híbrido durante 2025 por la migración intra-año.
Y si todavía no me han migrado, ¿qué hago?
Si llegas a la campaña Renta 2025 todavía con IBAN DE en tu cuenta de Trade Republic, fiscalmente eres un caso de la situación A de la tabla anterior:
- El borrador llegará vacío en lo que respecta a Trade Republic.
- Tienes que reconstruir todo el ejercicio con el certificado fiscal anual y el CSV de transacciones.
- Aplica FIFO multi-año si vendiste posiciones, descuenta comisiones, calcula la doble imposición por dividendos extranjeros, y rellena cada casilla a mano.
Esta situación se irá extinguiendo a medida que Trade Republic complete la migración. Para la Renta 2026 (campaña 2027) lo razonable es esperar que prácticamente todo el mundo esté ya en IBAN ES.
¿Tienes también DeGiro o Interactive Brokers?
Cuádrate procesa el Transaction Export CSV de Trade Republic (soportado oficialmente desde el 19 de mayo de 2026) junto con el CSV de transacciones de DeGiro y el Activity Statement de IBKR: FIFO multi-año consolidado cross-broker por ISIN, dividendos con desglose origen + Sucursal ES, intereses de la cuenta remunerada, cripto y staking, y scrip dividends en sus tres opciones. Quedan fuera, por ahora, los warrants estructurados y las ampliaciones de capital con derechos pagados.
Probar gratis → Beta abierta · Sin tarjeta · Tus ficheros se borran nada más procesarlosPreguntas frecuentes
¿Tengo que presentar el modelo 720 si tengo cuenta en Trade Republic?
El modelo 720 (declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero) se presenta cuando el saldo fuera de España supera 50.000 € en alguna de las tres categorías (cuentas, valores o inmuebles, cada una por separado) a 31 de diciembre del ejercicio. Una vez tu cuenta migró a IBAN ES, esos saldos dejaron de computar como "extranjero" — son una entidad española. Si en algún momento de 2025 tu cuenta era IBAN DE y superabas los 50.000 € en valores o efectivo, conviene revisar si tienes obligación 720. La fecha de cierre de ejercicio (31-dic-2025) es la referencia.
¿La cuenta remunerada de Trade Republic tributa como interés o como rendimiento?
Como rendimiento del capital mobiliario por cesión a terceros (Art. 25.2 LIRPF), igual que cualquier interés bancario. Va en la casilla 0027 (intereses) de la base del ahorro. Si la cuenta está en IBAN ES, Trade Republic retiene el 19% y aparece precargado. Si está en IBAN DE, lo declaras tú a mano sin retención.
¿Y los planes de inversión (autoinvest) de Trade Republic?
Cada compra recurrente (DCA semanal/mensual) cuenta como un lote independiente para efectos FIFO. Si llevas un ETF UCITS comprando 50 € cada semana durante dos años, tienes 104 lotes con fechas y precios distintos. Cuando vendas, todos los cálculos parten de ese histórico aplicando FIFO — los lotes más antiguos se consideran vendidos primero. Esto es donde hojas de cálculo manuales y herramientas como Cuádrate marcan la diferencia respecto a "confiar en el borrador".
¿Trade Republic España retiene sobre dividendos UK al 0%?
Sí, Trade Republic España practica la retención del 19% sobre el bruto recibido, independientemente de que el país de origen haya retenido 0% (como UK). Esto significa que el dividendo UK te llega bruto en origen, y luego Trade Republic España aplica el 19% IRPF. No hay nada que recuperar en la casilla 0588 porque la retención extranjera fue cero — solo se compensa la retención española en la cuota.
Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento fiscal profesional. La información se basa en el alta de sucursal española de Trade Republic Bank GmbH publicada en el BOE de 24 de marzo de 2025, el régimen del IRPF (Ley 35/2006 y Reglamento) y la operativa observada en cuentas migradas a IBAN ES durante 2025, a fecha 10 de junio de 2026. Antes de presentar tu declaración, contrasta los datos con tu asesor o gestor fiscal habilitado.