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Casilla 0588: cómo rellenar los dos popups de doble imposición internacional en RentaWEB

La casilla 0588 oculta un flujo de dos popups encadenados que casi nadie documenta bien. Si vas con dividendos extranjeros con retención en origen, te enseño qué clicar, qué importe meter en cada campo y por qué los dividendos UK con 0% de retención NO entran ahí.

TL;DR. La casilla 0588 abre dos popups encadenados. En el primero hay 6 lápices: 3 para base general y 3 para base del ahorro. Los dividendos extranjeros van por base del ahorro (NO base general, error típico). En el segundo popup tienes 3 campos: bruto extranjero con retención > 0, vacío en ganancias patrimoniales, y retención topada al CDI. Los dividendos UK al 0% de retención NO se meten aquí.

El problema: cero documentación útil sobre el flujo real

La casilla 0588 — "Por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero" — es donde recuperas el impuesto que ya pagaste en el país de origen sobre dividendos americanos, alemanes, franceses, suizos, etc. La doctrina está clara (Art. 80 LIRPF y CDIs bilaterales), pero el flujo en RentaWEB es donde la gente se atasca.

Los tutoriales que circulan (Rankia, Bankinter, idealista, foros varios) suelen quedarse en "casilla 0588 = recuperable por CDI" sin entrar al popup, o muestran captura de un único popup sin avisar de que hay dos encadenados. Resultado típico:

  1. El usuario abre el primer popup.
  2. Ve una rejilla con 6 lápices y campos en blanco.
  3. Por intuición clica el lápiz de "base general".
  4. Llega a un segundo popup con campos de "trabajo en el extranjero".
  5. Se atasca y termina metiendo cifras donde no tocan.

El error de origen es haber clicado "base general" en lugar de "base del ahorro". Los dividendos no son rendimientos del trabajo: forman parte de la base del ahorro junto a intereses y ganancias patrimoniales (Art. 46 LIRPF).

El flujo real de los dos popups (RentaWEB Renta 2025)

Paso 1 — Acceder a la casilla 0588

Apartado N (Deducciones de la cuota líquida) → casilla 0588: "Por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero". Pulsa el lápiz.

Paso 2 — Primer popup "Doble imposición internacional" (resumen)

Aparece una rejilla con 6 lápices. El popup está dividido en dos bloques de 3 filas cada uno:

  • Rentas incluidas en la base general: 3 filas (3 lápices).
  • Rentas incluidas en la base del ahorro: 3 filas (3 lápices).

Cada fila funciona como un "slot" para declarar un origen distinto de rentas extranjeras. Si todos tus dividendos extranjeros son de la misma base (la del ahorro, lo habitual), te basta con la primera fila de "base del ahorro" — ahí concentras el total agregado.

Atención al error #1. Los dividendos extranjeros son base del ahorro. Clica el lápiz de la primera fila bajo "Rentas incluidas en la base del ahorro" — NO el de base general. La base general es para rendimientos del trabajo (Art. 17 LIRPF) y otros rendimientos que no entran en la base del ahorro.

Paso 3 — Segundo popup "Deducción por doble imposición internacional" (detalle)

Al pulsar el lápiz de la fila "base del ahorro" se abre el popup de detalle, con tres campos:

Campo 1 — "Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjero incluidos en la base del ahorro"

Aquí va el bruto de los dividendos extranjeros que tengan retención > 0 en origen. Es el dato que más confunde por la denominación.

"Netos reducidos" suena a "resta gastos y reducciones del 30%", pero en la práctica funciona así:

  • Los gastos del broker (custodia, conectividad, administración) ya se restan en el popup de la casilla 0029. No se vuelven a restar aquí.
  • Las reducciones del 30% son para rendimientos con período de generación superior a 2 años (Art. 26.2 LIRPF) — no aplican a dividendos normales.
  • Por tanto, en la práctica, "rendimientos netos reducidos" = bruto extranjero con retención.

Campo 2 — "Ganancias patrimoniales obtenidas en el extranjero incluidas en la base del ahorro"

Para el caso típico del inversor con broker extranjero (DeGiro, IBKR, Trade Republic), este campo se queda en blanco. La razón: las ganancias patrimoniales por venta de acciones o ETFs no llevan retención en origen con estos brokers. No hay impuesto pagado fuera que justifique deducción aquí.

Solo se rellena si tienes un caso muy particular: G/P de venta de inmuebles en el extranjero con retención en origen, o productos donde el broker haya retenido en la venta (raro en brokers retail europeos).

Campo 3 — "Impuesto satisfecho en el extranjero (*)"

El asterisco recuerda el tope del Convenio. Aquí va la retención efectivamente sufrida, topada al porcentaje del CDI aplicable. Los tipos habituales:

  • EE.UU.: 15% (con W-8BEN entregado; si no, 30% sin posibilidad de deducción del extra).
  • Alemania: 15% (tope CDI). La retención alemana real es del 26,375% (Kapitalertragsteuer + recargo de solidaridad; la tasa eclesiástica no aplica a no residentes españoles): en la 0588 entra solo el 15%, y el 11,375% restante se reclama al BZSt alemán.
  • Francia: el broker retiene el 12,8% → en la 0588 se deduce el 12,8% efectivamente soportado (el tope CDI es 15%, pero solo se deduce lo realmente pagado).
  • Reino Unido: 0% (NO entra en este campo, ver más adelante).
  • Suiza: 15% (límite CDI España-Suiza). Suiza aplica una retención de origen del 35% (Verrechnungssteuer); el 20% extra sobre el 15% del CDI se reclama a la administración suiza vía Formulario 90 (plazo: 3 años desde el fin del año natural en que se devengó el dividendo). En la 0588 solo deduces el 15%, el resto NO viene a la AEAT.
  • Países Bajos: 15%.
  • Italia: 15% (sobre dividendos).

Por qué los dividendos UK al 0% NO entran en 0588 (con un matiz: REITs)

Es el matiz que diferencia el comentario técnico del tutorial genérico. Reino Unido aplica 0% de retención en origen sobre dividendos ordinarios pagados a no residentes — excepción internacional poco habitual. Si recibes dividendos de Shell, AstraZeneca, Diageo o cualquier acción ordinaria cotizada en LSE:

  • No te retienen nada en UK.
  • Tu broker liquida el bruto íntegro.
  • En España tributas al tipo de la base del ahorro (19% / 21% / 23% / 27% / 30% según tramos 2025).
  • No hay nada que recuperar por doble imposición — no la hubo. La 0588 se queda vacía para estos dividendos.

Excepción importante — REITs británicos (PIDs): los Property Income Distributions (PIDs) que reparten REITs británicos (Land Securities, British Land, Segro, Assura, etc.) SÍ están sujetos a retención en origen del 20% en UK (el tipo doméstico subirá al 22% desde el 6-abr-2027 según el HMRC). Ahora bien, el CDI España-Reino Unido (BOE-A-2014-5171, Art. 10.2) topa los dividendos de vehículos inmobiliarios al 15%: en la 0588 entra como máximo el 15%, y el exceso (5 puntos hoy) se reclama a HMRC, no a la AEAT. Importante: solo la parte PID lleva retención; la parte no-PID del mismo dividendo va al 0% como cualquier ordinario. Tu broker te debería desglosar PID vs no-PID en el extracto. Si recibes dividendos de REITs UK, revisa antes de declarar la 0588 con 0 € — puede que sí tengas algo que recuperar.

Esto significa que el bruto UK NO se incluye en el Campo 1 del segundo popup (porque la condición es "retención > 0") y el 0 GBP de retención UK NO se incluye en el Campo 3. El bruto UK se declara igualmente en la casilla 0029 (Rendimientos del capital mobiliario), pero por la vía normal de RCM, no por la deducción 0588.

Regla mnemotécnica. Solo entra en 0588 lo que tenga retención efectiva > 0 en el país de origen. Si la retención fue 0 (UK, Singapur, Hong Kong — países que no practican retención sobre dividendos por su normativa interna), no hay doble imposición que evitar.

Por qué AEAT pide el bruto extranjero separado

La pregunta razonable: si ya declaro el bruto total en la 0029, ¿por qué AEAT vuelve a pedirme el bruto extranjero en el segundo popup de 0588?

La respuesta está en el cálculo de la deducción. El Art. 80 LIRPF establece que la deducción por doble imposición internacional se limita a la menor de dos cantidades:

  1. El impuesto efectivamente satisfecho en el extranjero (con tope CDI).
  2. El resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen a la parte de base liquidable correspondiente a las rentas extranjeras.

En fórmula:

Deducción 0588 = MIN(Impuesto satisfecho en origen, Tipo medio efectivo × Bruto extranjero)

Para hacer ese cálculo Hacienda necesita saber qué porción de tu base del ahorro vino del extranjero — por eso pide el bruto extranjero por separado en el segundo popup. Sin ese dato no puede calcular el tope.

En la mayoría de casos del inversor minorista español, el impuesto satisfecho (15%) es inferior al tipo medio efectivo aplicable (19-23% en tramos bajos), así que la deducción acaba siendo el 100% del impuesto satisfecho. Pero la AEAT exige ver el cálculo igualmente.

Sección de dividendos y CDI del informe Cuádrate: bruto, retención en origen, deducción recuperable y flujo RentaWEB
Sección "Dividendos y deducción CDI" del informe. Cuádrate calcula los tres importes que necesitas: 3.043,16 € de dividendos brutos a la casilla 0029, 531,89 € de retención total soportada en origen (informativo) y 306,90 € de deducción recuperable ya topada al CDI de cada país a la casilla 0588. El bloque inferior te indica exactamente qué rellenar en cada campo de los popups de RentaWEB (Ingresos íntegros / Retenciones IRPF español / Gastos de administración). ¿Te gusta el informe? Genera el tuyo gratis durante la beta con tu CSV de DeGiro, IBKR o Trade Republic.

Caso práctico: inversor con cartera mixta US + Alemania + UK

Imagina una cartera con tres orígenes de dividendos en 2025:

Origen Bruto Retención Entra en 0588
Dividendos US (Microsoft, J&J) 1.200 € 180 € (15%) Sí — bruto y retención
Dividendos DE (Allianz, Siemens) 400 € 60 € (15%) Sí — bruto y retención
Dividendos UK (Shell, Diageo) 300 € 0 € (0%) NO — solo en casilla 0029

Nota sobre la fila DE: la retención alemana real es del 26,375% (105,50 € sobre 400 €), no del 15%. La tabla refleja solo los 60 € (15% del CDI) que entran en la 0588; los 45,50 € restantes se reclaman al BZSt alemán, no a la AEAT.

En el segundo popup de la 0588 (base del ahorro) declararías:

  • Campo 1 (rendimientos netos reducidos extranjero): 1.600 € (1.200 US + 400 DE; UK se queda fuera).
  • Campo 2 (ganancias patrimoniales extranjero): vacío.
  • Campo 3 (impuesto satisfecho en el extranjero): 240 € (180 US + 60 DE).

En la casilla 0029 (Rendimientos del capital mobiliario por dividendos), sin embargo, sí declararías los 1.900 € brutos totales (US + DE + UK), porque todos forman parte de tu base del ahorro como rendimiento.

Errores más frecuentes que vemos

  • Clicar el lápiz de base general en el primer popup. El más común. Te lleva a un popup con campos que no tienen sentido para dividendos.
  • Incluir el bruto UK al 0% en el Campo 1. No hay doble imposición que evitar. Incluirlo infla artificialmente el cálculo del tope y a veces hace que RentaWEB devuelva avisos.
  • Restar comisiones del broker en el Campo 1. Las comisiones ya se restaron en la casilla 0029. Aquí se mete el bruto, no el neto del broker.
  • Meter retención superior al CDI. Si Suiza te retuvo el 35% en origen, en el Campo 3 solo puedes incluir el 15% (CDI España-Suiza). El otro 20% se reclama directamente a la administración suiza con el Formulario 90, no a la AEAT.
  • Confundir 0588 con 0591. La 0591 es para deducción por doble imposición interna (rentas españolas ya gravadas previamente). La 0588 es para rentas extranjeras. No tienen nada que ver.
  • Olvidar W-8BEN para US. Si no entregaste el W-8BEN al broker, EE.UU. retiene el 30% en lugar del 15% del CDI. La AEAT solo te deduce el 15% — el 15% extra lo has perdido. Conviene verificar con el broker antes de que llegue la próxima campaña.

Y si tengo rendimientos del trabajo en el extranjero, ¿también va aquí?

No. Los rendimientos del trabajo realizados en el extranjero (estancia laboral, teletrabajo para empresa fuera) van por base general, no por base del ahorro. Esos sí se declaran clicando el lápiz de la primera fila bajo "Rentas incluidas en la base general". El popup detalle de base general tiene campos específicos para rendimientos del trabajo, no aplica el cálculo que hemos visto.

Es perfectamente válido tener ambos: dividendos extranjeros por base del ahorro (un lápiz) Y un período laboral fuera por base general (otro lápiz). Cada uno por su slot.

Cuádrate te dice qué meter exactamente en cada casilla

Sube los CSV de DeGiro, Interactive Brokers o Trade Republic y obtén un informe con el bruto extranjero separado por país, la retención topada al CDI y todo cuadrado para que la 0588 se rellene sin dudas.

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Preguntas frecuentes

¿Hay que adjuntar justificación de la retención extranjera?

RentaWEB no exige adjuntar nada en el envío. Pero la AEAT puede requerirlo en una comprobación posterior. Lo razonable es guardar el certificado fiscal anual del broker (DeGiro Annual Report, IBKR Activity Statement con resumen de withholding) y los detalles de cada operación de dividendo durante al menos 4 años (plazo de prescripción del IRPF).

¿Y si la retención que me aplicaron es menor al CDI?

Si el broker te retuvo menos del tope CDI (raro, pero ocurre con algunos brokers descuidados con W-8BEN o casos de tratamiento erróneo en origen), declaras la retención efectivamente sufrida — la real, no la del tope. Hacienda solo deduce lo que se pagó.

¿Puedo arrastrar la deducción si excede el tope del tipo medio?

No. La deducción del Art. 80 LIRPF no permite arrastre a ejercicios siguientes. Lo que excede el tope se pierde. Es una diferencia importante respecto a la compensación de pérdidas (Art. 49 LIRPF), que sí permite arrastre 4 años.

¿Qué pasa si Trade Republic ya me lo precarga en el borrador?

Trade Republic con IBAN ES (migración masiva desde junio 2025) reporta a la AEAT y el borrador puede traer cifras precargadas. Conviene contrastar con tu propio detalle, especialmente el reparto base general / base del ahorro y la correcta exclusión de los dividendos UK al 0%. Más detalle en esta guía sobre Trade Republic Renta 2025.

Guías relacionadas

Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento fiscal profesional. La información se basa en los artículos 80 y 46 de la Ley 35/2006 del IRPF, los Convenios para evitar la Doble Imposición firmados por España (lista oficial en sede AEAT) y la doctrina aplicada por la AEAT en RentaWEB para la campaña Renta 2025, vigente a fecha 10 de junio de 2026. Antes de presentar tu declaración, contrasta los datos con tu asesor o gestor fiscal habilitado.